¿Qué hacer cuando el inquilino no paga el alquiler?

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Tanto si llevas mucho tiempo como arrendador de un piso en alquiler o acabas de comenzar a alquilarlo, este artículo te va a interesar mucho. Puede que ya te hayas visto en la situación que vamos a tratar, en la que el inquilino no paga el alquiler, y que te haya rondado la cabeza la pregunta ¿y qué hago ahora? Vamos a intentar darte todas las respuestas y resolver tus dudas.

Cuando te enfrentas a esa situación, la sensación de confusión se adueña de ti y no sabes cómo reaccionar ni qué pasos debes dar. Sin duda, es un momento que ningún propietario quiere vivir, pero ante este tipo de casos hay que tomar medidas para poder reclamar esas rentas que no se han pagado y desalojar al inquilino de la vivienda.

Mi inquilino no paga el alquiler, ¿qué tengo que hacer?

Si has llegado a este momento, antes de comenzar cualquier acción, lo recomendable es hablar con el inquilino y, de esta manera, poder averiguar si el impago del alquiler se debe a un retraso puntual que se pueda solventar en unos días. Probablemente podáis acordar pagar en unos días o, si la relación con el inquilino es buena, renegociar el precio del alquiler. Conocer la situación por la que no ha hecho el pago es fundamental para tomar decisiones.

Si hablas con la persona y ves que no está por la labor de seguir pagando, debes pedir ayuda a la justicia, reclamando al inquilino todo lo que debe e indicando un plazo en el que debe subsanar la deuda. Todo esto se realiza mediante un burofax o una carta certificada y contando con los servicios de un abogado.

Si tras el envío de esa notificación vía burofax no logras una respuesta, ha llegado el momento de poner una denuncia. Será entonces cuando hay que decidir qué es lo que se va a pedir, si únicamente el pago del alquiler o también desahuciar la vivienda. Si sólo se reclama el pago del alquiler, se acude a un juicio monitorio, donde no será necesario que un abogado intervenga si la deuda es menor de 2000 euros.

Por otro lado, si lo que se solicita es el pago y el desalojo del inquilino, el paso es presentar una demanda de desahucio en el Juzgado de Primera Instancia correspondiente a la vivienda, y aquí será necesaria la presencia de un abogado o procurador. Además, deberás presentar documentación como el contrato del alquiler, la copia de las escrituras de la propiedad, copia de los recibos de los impagos y una copia del burofax enviado donde se reclama el impago.

Qué no se puede hacer para desalojar a un inquilino que no paga

Es importante destacar qué cosas no se pueden llevar a cabo para echar un inquilino que no paga el alquiler. Por ejemplo, no puedes cambiarle la cerradura, ya que aunque haya un impago de la renta, el contrato de alquiler está vigente hasta que un juez declare lo contrario. Asimismo, lo recomendable es esperar a desalojar al inquilino de manera legal y entrar a la vivienda con la comisión judicial para declarar y dejar constancia los daños que pueda haber o los objetos sustraídos, de esta manera se puede realizar una reclamación posterior por esos daños.

tampoco se pueden cortar los suministros, si esto ocurre, el inquilino puede denunciarte por coacciones y reclamar al arrendador una indemnización debido a las consecuencias que le pueda ocasionar dar de baja los suministros.

¿Qué ocurre tras comenzar el proceso judicial?

Si has llegado hasta el procedimiento judicial y has presentado toda la documentación que te han solicitado, se fijará una fecha para celebrar el juicio y otra para desalojar la vivienda. El inquilino tiene varias opciones a llevar a cabo durante todo el proceso, y son las siguientes.

  • – La primera de ellas es oponerse a la demanda, celebrar el juicio y esperar a que el – juez dicte la sentencia correspondiente.

  • – Otra opción es no hacer nada, lo que implica que reconoce la deuda y desalojar de forma forzosa la vivienda, todo ello a través de una comisión judicial.

  • – También puede optar por pagar la deuda, lo que permite al inquilino continuar en el inmueble, siempre y cuando sea la primera vez que ocurre y el pago se realice en un plazo de 10 días desde que recibe la notificación.

  • – Por último, el inquilino puede abandonar la vivienda, pero sin pagar la deuda. No se realizará un desalojo forzoso, pero el procedimiento judicial para que el inquilino pague lo que debe seguirá adelante.

Cuando el juez ya ha tomado una decisión, se ejecuta el desalojo, bien sin el uso de la fuerza y con la colaboración del inquilino o con la intervención de las fuerzas de seguridad, quienes utilizarán la fuerza si el inquilino opone resistencia.

Como puedes ver, es un proceso complejo y muy duro para el que resulta necesario contar con profesionales especializados que puedan asesorar y ayudar ante los imprevistos que puedan surgir. Por eso, cada vez son más las personas que optan por los seguros de impago de alquileres.

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