Preguntas frecuentes del límite de la subida del alquiler

Límite subida del alquiler

Por todos es conocido el último paquete de medidas que ha aprobado el Gobierno para mitigar los efectos de la guerra de Ucrania que ha tenido un gran impacto en la economía de las familias. Una de esas medidas ha sido marcar el límite de la subida del alquiler. Este límite es de un máximo del 2%, sin duda una gran diferencia si la subida se actualizase con respecto al IPC actual. En este artículo vamos a dar respuesta a las dudas más frecuentes que pueden surgir ante esta medida. 

¿Cuáles son las características principales del límite a la subida del alquiler? 

Según la ley, se puede llevar a cabo una actualización del precio del alquiler de forma anual. Normalmente, el índice que más se utiliza para actualizarlo es el IPC, que es índice de la inflación. La situación que vivimos actualmente debido a la guerra en Ucrania, ha hecho que se haya dado una subida generalizada de precios y la inflación se encuentra en números muy elevados. 

Con el objetivo de evitar que los inquilinos asuman subidas elevadas en sus alquileres, el Gobierno lo ha limitado de forma temporal para que no sea más del 2% y lo ha hecho desde abril de 2022 hasta finales de diciembre de 2023. Este 2% de límite se ha marcado en base al Índice de Garantía de Competitividad, que es la media de la inflación de todos los países que utilizan el euro. 

A continuación, resumimos los puntos clave de este límite de la subida del alquiler

  • El límite máximo de la subida del alquiler es de un 2%.
  • Entró en vigor en abril de 2022
  • En un principio, este límite finalizará el 31 de diciembre de 2023, pero habrá que estar atentos por si se amplía durante más tiempo. 
  • Afecta a todos los inquilinos que tengan que realizar la revisión del alquiler durante estos meses
  • El aumento máximo del 2% se aplica sobre el alquiler mensual que se está pagando. En el caso de estar pagando un alquiler de 1000€, la renta subiría 20€/mes y se pasaría a pagar 1020€. 

Dudas frecuentes sobre el límite de la subida del alquiler

A continuación, comentamos algunas de las dudas más frecuentes que han ido surgiendo a raíz del establecimiento de la limitación de la subida del alquiler. 

¿Y si me subieron el alquiler antes de abril de 2022?

En el caso de que la actualización del alquiler se haya hecho efectiva antes del 1 de abril de 2022, no se podrá bajar el precio. Y es que esta medida no tiene carácter retroactivo, por lo que los contratos que ya se hayan actualizado antes del mes de abril no podrán renegociar la bajada a ese límite del 2%. 

Al ser una medida que se mantendrá durante todo el 2023, aquellos contratos que tengan que actualizarse este año sí que estarán sujetos al límite de la subida del alquiler marcado por el Gobierno. 

¿Y si tengo que actualizar el alquiler ahora pero ya me han avisado de la subida?

Es importante recordar que todos los contratos de alquiler que tengan que actualizarse entre abril y diciembre se verán afectados por esta limitación del precio. Si el contrato que tenemos cumple el año durante estos meses, la subida no podrá ser de más del 2% aún cuando se haya avisado con 1 mes de antelación, por ejemplo en marzo y el contrato se revise en abril, mes en el que ya está vigente la medida. 

Si no hemos recibido ningún aviso y la revisión tenemos que hacerla entre abril y diciembre, se tendrá que aplicar el límite de subida máxima del 2%. 

¿Se acumula la subida si en 2021 no se ha actualizado el alquiler?

La respuesta a esta pregunta es no. Si durante 2021 el propietario no llevó a cabo la actualización del precio del alquiler teniendo en cuenta el IPC, no podrá acumular la subida ni en 2022 ni en 2023, ya que el máximo podrá ser del 2%

En 2022 no me han subido el alquiler, ¿pueden subirlo un 4% en 2023?

El límite del alquiler no se puede acumular, así que si el propietario no ha subido el alquiler durante 2022, esa subida no se puede acumular a la de 2023. El límite de subida seguirá siendo del 2%, aunque no se haya actualizado en 2022. 

¿Y si me toca la actualización de la renta después de diciembre de 2023?

Como hemos comentado, esta medida estará vigente hasta finales de 2023, si no hay más prórrogas que se lleven a cabo, por lo que los contratos de ese año que tengan que actualizarse se encontrarán blindados ante las subidas, y tendrán que establecer ese límite. 

La medida es temporal, pero el Gobierno no descarta ampliarla más tiempo en el caso de que la inflación siga aumentando. En un principio esta medida tenía un plazo de 3 meses pero se amplió otros 3 meses más y ahora se ha decidido ampliar para todo el 2023. 

Cuando finalice esta medida, ¿podrán subir más el alquiler?

Si el alquiler que estás pagando ya se ha actualizado ese año, no se podrá volver a subir durante el mismo. La ley indica que la actualización del precio del alquiler únicamente pueda revisarse una vez al año, cuando el contrato cumple la anualidad. Por lo que si el contrato se ha revisado en 2022, también se revisará en la misma fecha en 2023 y en 2024. 

¿Puede el propietario retrasar la actualización del precio hasta que finalice el límite?

La Ley de Arrendamientos Urbanos establece que la actualización del precio del alquiler debe llevarse a cabo cada vez que el contrato cumple un año, por lo que el casero no puede retrasarlo y, en este caso, esperar a que termine el límite de la subida del alquiler. 

¿Y si mi casero es un gran tenedor o un particular?

Aquellos que cuenten con más de 10 viviendas están obligados a realizar este límite de la subida del 2%. En cambio, los pequeños tenedores pueden negociar un acuerdo con el inquilino sobre la subida del alquiler, aunque si no se llega a ninguno, la subida no podrá ser por encima del “Índice de Garantía de Competitividad”, que como hemos comentado es en el que se basa la limitación del 2% que ha impuesto el Gobierno. 

¿Y si el contrato de alquiler termina en 2023?

Como ya hemos hablado en nuestro blog, en el caso de que el contrato de alquiler termine, éste se puede renovar con nuevas condiciones que se negocien con el propietario, por lo que éste puede decidir un nuevo precio. Aunque el Gobierno ha decretado que los contratos que terminen entre enero y junio de 2023 podrán acogerse a una prórroga del alquiler de 6 meses con una subida del 2% máximo. 

Ahora que hemos respondido a todas las dudas sobre el límite de la subida del alquiler, podemos comprobar que llevar al día la documentación del arrendamiento y tenerla organizada es muy importante. De esta manera tendremos siempre a mano el contrato de alquiler y su fecha de renovación para saber bien cuándo hacerla. 

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