¿Por cuánto tiempo se hacen los contratos de alquiler?

por cuánto tiempo se hacen los contratos de alquiler

Una duda muy común entre arrendadores y arrendatarios es por cuánto tiempo se hacen los contratos de alquiler. En este artículo vamos a dar respuesta a esta y otras dudas relacionadas con el tema y todo lo que hay que tener en cuenta para hacerlo de forma legal para que no haya problemas. 

¿Cuál es el tiempo mínimo de un contrato de alquiler?

Según la Ley de Arrendamientos Urbanos de 2019, fecha en la que se realizó la última modificación, se establece que los contratos de alquiler tengan una duración de 5 años si el alquiler lo lleva a cabo un particular y 7 años si se trata de una sociedad o empresa. Pero no siempre es así, ya que hay factores que pueden afectar a la duración del contrato. 

Todos los contratos de alquiler firmados a partir de marzo de 2019 deben contener estas condiciones establecidas en la LAU. Aun así, y siempre que las dos partes estén de acuerdo, el contrato se puede firmar por un período de más o menos tiempo

En el caso de que el contrato se firmase antes de la reforma de la LAU en 2019, las condiciones son totalmente distintas. En estos casos, lo habitual es que los alquileres tengan una duración de 3 años, pudiendo prorrogar el contrato por un año. Al mismo tiempo, el arrendador deberá avisar al inquilino con una antelación de dos meses, en lugar de los 4 actuales. 

¿Qué pasa después de los 5 años de alquiler?

Cuando han transcurrido los 5 años y si ninguna de las partes expresa su derecho a rescindir el contrato, este se renovará automáticamente de forma anual hasta llegar a los 3 años. Es lo que se conoce como prórroga tácita del contrato del alquiler y de la que ya hemos hablado en nuestro blog.  

Si ninguna de las dos partes quiere seguir con el contrato cuando se ha llegado a los 5 años de duración, el propietario deberá avisar con 4 meses de antelación al inquilino y éste con 2 meses de antelación previos al vencimiento del contrato. De esta manera lo indica el artículo 10.1 de la LAU:

“Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquel, o siete años si el arrendador fuese persona jurídica, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con cuatro meses de antelación a aquella fecha en el caso del arrendador y al menos con dos meses de antelación en el caso del arrendatario, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato.”

En el caso de que el inquilino y el propietario quieran continuar con el contrato del alquiler aun habiendo terminado las tres prórrogas tácitas que acabamos de comentar, tendrían que firmar un nuevo contrato de alquiler

¿Cómo funciona la rescisión del contrato de alquiler?

Cuando hayan transcurrido los 6 primeros meses del contrato de alquiler, el inquilino puede rescindir el contrato cuando quiera, pero para ello debe avisar con 30 días de antelación al arrendador. Si esto ocurre, deberá asumir una penalización correspondiente a los meses que le queden por cumplir del contrato. Si quiere rescindirlo antes de los 6 meses, se considera un incumplimiento del contrato y no tiene derecho a recuperar la fianza. 

En el caso del propietario, si este quiere que el contrato finalice antes de los 5 años pactados, únicamente podrá hacerlo teniendo en cuenta una serie de factores y deberá avisar con 2 meses de antelación. Las condiciones que debe cumplir para llevarlo a cabo son las siguientes: 

  • Que necesite la vivienda para uso personal o un familiar de primer grado.
  • En caso de divorcio, para que el cónyuge pueda residir en el piso.
  • Tiene que demostrar que necesita la vivienda para uso habitual.
  • El propietario tendrá que mudarse en un periodo de tiempo corto, si no el inquilino tiene derecho a volver al inmueble y a una compensación económica por los inconvenientes.

Sin duda, el contrato de alquiler es la clave donde todo queda bien establecido, algo fundamental para que no haya problemas. Ahora que ya sabemos por cuánto tiempo se hacen los contratos de alquiler y qué hay que tener en cuenta, lo ideal es tener controlada toda la documentación referente al alquiler de tu vivienda. Para conseguirlo, un software de gestión de alquiler puede ayudarte. 

Homming te permite generar contratos con plantillas, envía avisos de los vencimientos de tus contratos y te ayuda a llevar la gestión del alquiler de una forma muy sencilla. Tanto si tienes una o varias viviendas alquiladas, con homming tendrás todo controlado. Prueba nuestro software de gestión de alquileres de forma gratuita.

Artículos relacionados

¡No te pierdas ninguna de nuestras publicaciones!

Suscríbete a nuestra Newsletter.