¿Puedo pedir aval bancario para un alquiler?

Pedi aval bancario para un alquiler

Uno de los mayores problemas a los que se enfrentan los dueños de una vivienda alquilada son los impagos de sus inquilinos. Los propietarios han encontrado como alternativa a estos posibles impagos exigiendo seguros de alquiler, fianzas y también avales. Pero, ¿es legal pedir un aval bancario para un alquiler? 

En este artículo queremos dar respuesta a esta pregunta además de explicar qué es un aval bancario, cómo se solicita y en qué se diferencia de un aval personal

¿Qué es un aval bancario y cómo funciona para alquilar un piso? 

Poder demostrar estabilidad y solvencia económica a la hora de alquilar un piso es uno de los requisitos indispensables que solicitan los propietarios. Para poder saberlo, es necesario analizar el tipo de trabajo de la persona interesada, así como sus ingresos y su estabilidad económica en un medio-largo plazo.

Para llevar a cabo ese análisis, se suelen pedir varios documentos como el contrato laboral, las últimas nóminas y también la última declaración de la renta. Junto a toda esta documentación, puede que el propietario pida garantías adicionales a la fianza del alquiler, y aquí es donde entra en juego el aval bancario. 

Como su propio nombre indica, un aval bancario es un contrato a través del cual una entidad bancaria garantiza que el cliente, en este caso el inquilino, va a cumplir con la obligación de pagar el alquiler todos los meses, con los términos y plazos que se hayan determinado por ambas partes en el contrato del alquiler. 

Normalmente, el aval bancario se encarga de cubrir las mensualidades del alquiler, pero también puede cubrir otros aspectos como asegurar que se lleva a cabo una obra en las condiciones pactadas o si el inquilino quiere negociar con el propietario hacer una obra a cambio del alquiler. 

La cantidad del aval bancario suele equivaler a entre 3 y 6 mensualidades de la renta del alquiler y mientras que el aval esté vigente, el inquilino no podrá disponer de él. Por lo tanto, se puede decir que el aval es una garantía extra a la fianza del alquiler y no hay que confundirlas entre ellas, ya que ésta última es obligatoria y el aval no lo es.   

¿Cómo se pide un aval bancario de alquiler y cuánto cuesta?

Los avales bancarios conllevan un riesgo para la entidad financiera que los concede, por lo que estudiarán muy bien la capacidad económica de la persona que lo solicita para determinar si se lo concede o no. 

Solicitarlo es bastante fácil, ya que el inquilino únicamente deberá exponer a su banco el deseo de solicitar un aval y acudir a un notario para formalizar la póliza de cobertura de garantía bancaria. En ella se determinará la cuantía avalada y los gastos asociados. 

Esos gastos dependen de cada entidad, aunque el Banco de España ha establecido unas tarifas máximas que se pueden cobrar. Pero, en el caso del aval, como el banco no tiene que hacer ningún desembolso, no suele cobrar una cantidad muy elevada. Los tipos de interés suelen estar entre el 0,5% y el 2% sobre el importe máximo avalado. Si por ejemplo el aval solicitado es de 6000€, los gastos a pagar serán de entre 200 y 600 euros. 

¿Qué diferencia hay entre un aval bancario y un aval personal?

Además o en lugar del aval bancario, cuando se quiere asegurar que el alquiler se va a abonar mensualmente, el inquilino también puede optar por un aval personal, es decir, un avalista

Un avalista es una persona física que se compromete y tiene la obligación de pagar un alquiler en el caso de que el inquilino no lo haga. Al ser una figura tan importante, es fundamental que su existencia conste en el contrato de alquiler y que responda en caso de que el arrendatario no lo haga. 

La Ley de Arrendamientos Urbanos permite que se incluyan las garantías que haga falta para poder hacer frente a los impagos y entre ellas se encuentran los avalistas. Dependiendo del acuerdo al que se haya llegado en el contrato, el avalista puede tener más o menos responsabilidades, pero lo que sí está claro es que está obligado a pagar la renta mensual si el inquilino no lo hace. 

Es muy importante que todo quede bien indicado en el contrato del alquiler, si no es así, el avalista estará obligado a cumplir todas las obligaciones sin límite, lo que es un gran riesgo cuando el inquilino es un mal pagador. Al mismo tiempo, si en el documento no se dice lo contrario, el avalista deberá responder durante todo el tiempo que dure el contrato, incluyendo las prórrogas que se puedan dar. 

¿Qué se puede pedir legalmente para alquilar un piso?

Sabemos que las exigencias de garantía de los arrendadores a la hora de alquilar un piso son cada vez mayores, pero, ¿son todas legales? Para poder tener toda la información completa, queremos explicar lo que se puede pedir legalmente para alquilar un piso

En primer lugar nos vamos a centrar en la fianza y en cuántos meses de fianza se pueden pedir a la hora de alquilar una vivienda. El artículo 36 de la  Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos nos indica lo siguiente:  

“A la celebración del contrato será obligatoria la exigencia y prestación de fianza en metálico en cantidad equivalente a una mensualidad de renta en el arrendamiento de viviendas y de 2 en el arrendamiento para uso distinto del de vivienda”.

Teniendo esto en cuenta, únicamente se puede exigir 1 mes de fianza, aunque el punto 5 de ese artículo dice lo siguiente

“Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico. En el caso del arrendamiento de vivienda, en contratos de hasta 5 años de duración, o de hasta 7 años si el arrendador fuese persona jurídica, el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de 2 mensualidades de renta”.

Por lo que es posible pedir más, pero en concepto de garantía adicional y será como mucho de 2 meses. Lo que, después de todo, habilita al propietario a 3 meses como garantía de pago al alquilar un piso. 

Además de la fianza y la garantía, también se puede pedir el aval bancario, que es lo que hemos estado comentado a lo largo de este artículo. Es algo totalmente legal y, de hecho, el apartado 5 del artículo 36 legaliza casi cualquier exigencia por parte del arrendador

Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico.”

Ya hemos dado respuesta a si es legal pedir un aval bancario para un alquiler y hemos visto que los avales personales también juegan un papel muy importante dentro de los alquileres. Podemos decir que ambos avales cuentan como un seguro de alquiler que permite al propietario enfrentarse al riesgo de impago del inquilino. 

En todas estas situaciones queda demostrado que el contrato de alquiler tiene mucho protagonismo ya que es en él donde quedan establecidas todas las obligaciones y los derechos de las dos partes. 

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