¿Cuáles son los gastos deducibles del alquiler para el propietario?

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Hace poco os hablamos de cuáles son los gastos del alquiler debe asumir el propietario de una vivienda y en esta ocasión queremos hablaros de qué gastos son deducibles para el dueño a la hora de presentar la declaración de la renta. Los ingresos que genera un alquiler deben declararse en la renta anual, por eso es importante conocer cuáles son los gastos que puede desgravarse.

Hoy en día, la legislación vigente presenta varios beneficios fiscales para todas aquellas personas que optan por alquilar su vivienda, pero ahora mismo nos centraremos en todos los gastos que pueden deducirse de la renta. Pero antes de nada, hay que entender cómo tributa un alquiler, lo explicamos a continuación.

¿Cómo calcular qué es lo que puede deducirse el dueño de la vivienda?

Mensualmente se generan unos ingresos derivados del alquiler a los que hay que restar los gastos que comprenden de la vivienda, que son los que comentaremos a continuación. Al importe resultante de esa resta se le aplica un 60% de reducción en el caso de que el inquilino tenga ese inmueble como vivienda habitual, si se alquila para uso comercial o vacacional no se puede realizar.

Esa reducción del 60% se aplica de forma general y no interviene para ello la edad del arrendatario. Es importante destacar que no se puede aplicar esa reducción si los rendimientos son negativos o en positivos que no hayan declarado y se descubran en una inspección.

Sobre ese resultado derivado de los ingresos y los gastos, además de la reducción del 60%, se aplica el tramo del IRPF que corresponda. Estos tramos de IRPF varían dependiendo del salario anual que perciba el contribuyente, que aumenta según los ingresos que tenga.

¿Qué gastos se puede deducir el propietario?

La lista de gastos que el dueño de la vivienda alquilada puede deducirse es bastante amplia, desde el Impuesto de Bienes Inmuebles, hasta los gastos en reparaciones y conservación de la vivienda. Teniendo en cuenta esta información, el dueño no debe ver esos gastos como una pérdida de dinero, sino como una forma de mejorar su ahorro fiscal. A continuación, te indicamos cuáles son esos gastos.

Intereses de la hipoteca

No hay que entender este gasto como la hipoteca en general, sino los intereses generados y a los otros gastos que se puedan dar, como pueden ser las comisiones por amortización anticipada de la hipoteca. Para tenerlo en cuenta, el gasto de los intereses de la hipoteca deben indicarse en la casilla 0104 de la declaración.

Los gastos de reparación y conservación de la vivienda

Ya sea la reparación de la caldera o de la cisterna, o tener que darle una mano de pintura al piso, todo esto puede deducirse de la renta. Pero para hacerlo hay que tener cuidado y conocer muy bien qué es lo entiende Hacienda como reparación. Por ejemplo, si se trata de gastos ocasionados por la ampliación de la vivienda, estos no se pueden deducir, ya que no son gastos de conservación o reparación.

Impuestos y tasas

En este caso, los gastos deducibles en la declaración incluyen los tributos y recargos no estatales como puede ser el Impuesto de Bienes Inmuebles o las tasas de alumbrado, recogida de basura o la limpieza. Es importante destacar que no se podrán deducir los gastos que sean recargos de carácter sancionador.

Los suministros del hogar

Puede que se dé el caso en el que el propietario de la vivienda sea el encargado de pagar los suministros de luz, agua, gas o internet, en ese caso también podrá incluirlos en la declaración para deducirlos. 

Gastos de formalización del contrato

Si el dueño del piso alquiló el piso a través de una inmobiliaria o tuvo que recurrir a abogados para preparar toda la documentación, todos los gastos que se generaron también se deben incluir en la declaración.

Dinero que se le debe al propietario de la vivienda

Este dinero es el que se corresponde con la cantidad que el inquilino debe al propietario. Si no se recibe ese dinero por el alquiler de la vivienda, el dueño tiene derecho a deducirse la cantidad que se deba como gasto, pero siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos necesarios. Para ello, el deudor debe encontrarse en situación de concurso o haber pasado más de 6 meses entre la primera reclamación de la deuda y el 31 de diciembre del año que se esté declarando.

Gastos de comunidad y gastos comunes

Si el propietario de la vivienda es el que asume el pago de la comunidad, es un gasto que puede deducirse. Además, si el año en el que se realiza la declaración, ha habido un gasto extra en la comunidad de vecinos, como una derrama, también debe indicarse.

Amortización de bienes inmuebles

Aquí se incluyen las amortizaciones de los bienes inmuebles, que son el 3% sobre el valor catastral, y también de los bienes muebles, es decir que si el piso que se alquila está amueblado, esto se amortizará un 10% cada año de alquiler que pase.

Ese 3% que comentamos, se realiza sobre el valor catastral sin incluir el valor del suelo. En la Agencia Tributaria indican lo siguiente relacionado con este tema: «Respecto de los inmuebles: cuando, en cada año, no excedan del resultado de aplicar el 3 por 100 sobre el mayor de los siguientes valores: el coste de adquisición satisfecho o el valor catastral, sin incluir en el cómputo el del suelo. Cuando no se conozca el valor del suelo, éste se calculará prorrateando el coste de adquisición satisfecho entre los valores catastrales del suelo y de la construcción de cada año.”

Para conocer el valor catastral de la vivienda puede hacerse a través del recibo del IBI, ya que viene indicado en él. También puedes acceder a la Sede Electrónica del Catastro, visitando la oficina del catastro o llamando a ella, y también en el Ayuntamiento de la localidad donde se encuentre la vivienda. Dentro de este valor catastral también forman parte el valor del suelo y el valor de la construcción, que, junto a más factores, ayudan a determinar el valor catastral de la vivienda.

Las primas de los seguros de hogar e impago

Este apartado se refiere a los gastos derivados de las primas de los seguros que el propietario tiene contratados para proteger la vivienda, ya sean seguros de hogar, responsabilidad civil, incluso los seguros para proteger contra el impago del alquiler.

Cuando llega el momento de presentar la declaración de la renta es fundamental contar con toda la documentación y tener las cuentas bien hechas, con todo detallado para no cometer errores y que el propietario declare todos los gastos del alquiler.

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