¿Es legal alquilar una plaza de garaje sin contrato?

Alquiler plaza de garaje sin contrato

Si tienes una plaza de garaje o estás pensando en alquilar una puede que te asalten muchas dudas y preguntas. En este artículo vamos a intentar dar respuesta a algunas de ellas, pero sobre todo a si es legal el alquiler de plaza de garaje sin contrato

¿Cómo se regula el alquiler de una plaza de garaje?

Para saber qué legislación tener en cuenta a la hora de alquilar una plaza de garaje deberemos tener en cuenta dos situaciones

  • Si la plaza de garaje se alquila en conjunto con la vivienda. En este caso la legislación que se aplica es la Ley de Arrendamientos Urbanos ya que se considera un accesorio del piso y las normas que regulan el alquiler de la vivienda se aplican también a las plazas de garaje o otras dependencias, espacios o servicios que se hayan cedido como accesorios de la finca por parte del arrendador. 
  • Si la plaza de garaje se alquila de forma independiente. En este caso, el arrendamiento está regulado a través de la normativa del Código Civil. Teniendo esto en cuenta, cuando se tenga alguna duda o haya algún problema relacionado con el arrendamiento del garaje, hay que acudir a los artículos 1546 y siguientes del Código Civil. En ellos encontraremos los derechos, obligaciones y otro tipo de disposiciones que regulan estos alquileres. 

Atendiendo a esto que acabamos de comentar, si el garaje se alquila con la vivienda y está dentro del mismo contrato, se le aplicarán las normas del alquiler de viviendas. Pero si se hace de manera independiente, nos encontramos con un contrato para uso distinto del de vivienda. Es una matización importante ya que afecta a las condiciones que pueden pactarse entre ambas partes. 

¿Debe haber un contrato de alquiler para una plaza de garaje?

Un contrato de alquiler existe a partir del momento en el que dos personas se ponen de acuerdo para ceder el uso de la plaza de garaje y pagar un alquiler por ello a cambio. El Código Civil establece un principio general de libertad de forma para la mayoría de los negocios jurídicos, indicando los siguiente: “Los contratos serán obligatorios, cualquiera que sea la forma en que se hayan celebrado, siempre que en ellos concurran las condiciones esenciales para su validez”.

Teniendo esto en cuenta, el contrato existe desde que una o varias personas consienten en obligarse, respecto de otra, a ofrecer alguna cosa o prestar algún servicio. En el caso del alquiler de una plaza de garaje hacerlo sin contrato es legal, aunque cualquiera de las dos partes puede obligar a la otra a formalizarlo por escrito. Esto último es reconocido por la ley al indicar que “las partes podrán compelerse recíprocamente a la formalización por escrito del contrato de arrendamiento”

Lo recomendable es llevar a cabo un contrato por escrito que nos ayude a evitar problemas que se puedan dar en un futuro. En el contrato de alquiler de la plaza de garaje que se lleve a cabo deberán aparecer los siguientes datos: identidad de cada una de las partes, la identificación de la plaza de garaje alquilada, la renta inicial del contrato y el resto de las cláusulas que las partes hayan acordado libremente. 

Si es un alquiler sin contrato ¿qué duración tiene?

Si finalmente se lleva a cabo un contrato verbal de la plaza de garaje, la ley nos indica que si ambas partes no establecen un plazo, se entiende que el contrato es anual. Esto se da para plazas de garaje que se alquilan de forma independiente, ya que si están vinculadas al alquiler de una vivienda, se aplicarán las obligaciones de necesario cumplimiento que aparecen en la LAU. 

Es decir, que si se establece una duración inferior a cinco años el alquiler se puede prorrogar obligatoriamente para ambas partes por plazos anuales hasta que se alcance el mínimo establecido por ley que es de cinco años. Un mes antes del vencimiento del quinto año y si ninguna de las partes ha manifestado la voluntad de no renovarlo, el contrato se entenderá prorrogado de forma anual un periodo máximo de un año, lo que se conoce como la prórroga tácita.

En lo que respecta al plazo es importante tener en cuenta que el contrato de alquiler puede acordarse verbalmente en una fecha que no coincida con la fecha de entrega de la posesión de la plaza. De esta manera, los plazos del contrato comienzan a contar desde la fecha de entrega efectiva del garaje. Es un detalle importante que hay que destacar en el contrato. 

Alquilar una plaza de garaje con un contrato verbal

Al realizar un contrato verbal para alquilar una plaza de garaje ambas partes están más desprotegidas, por lo que deben contar con fundamentos que acrediten la existencia del alquiler, así como sus condiciones para evitar problemas. 

Para acreditar este pacto verbal, hay que destacar que el inquilino usa la plaza de aparcamiento de forma pacífica y con el consentimiento del propietario. El pago de las rentas debe acompañarse de un justificante o recibo si el pago se realiza en efectivo, o también guardando las transferencias bancarias. No es aconsejable que el arrendatario acepte el pago en efectivo sin un recibo que lo demuestre. 

Ventajas y desventajas de alquilar una plaza de garaje sin contrato

La principal ventaja de arrendar una plaza de aparcamiento con un contrato verbal es que se limita a unas cosas muy básicas, es decir, se alquila la plaza de garaje por una cantidad al mes, el pago se realiza de tal forma o de otra y cualquier de las dos partes puede avisar con mes de antelación para terminar el acuerdo sin indemnización. Se podría decir que es algo así.  

Además, al tratarse de algo verbal, no tiene tantas cláusulas, obligaciones o penalizaciones como puede tener un contrato por escrito y esto es algo que suele gustar a los propietarios porque así se blindan ante situaciones que puedan darse en un futuro. 

También son más fáciles de modificar y no hay que cambiar nada por escrito. Una simple llamada puede valer para pactar los cambios y modificar el contenido del contrato. Por ejemplo, se puede modificar la forma de pago avisando por teléfono de que los siguientes pagos se van a realizar por transferencia bancaria. 

En lo que a desventajas se refiere, sin duda la principal es que las dos partes son más vulnerables si ocurre algo. Además de que es más complicado comprobar los acuerdos a los que se han llegado. El hecho de no tener una copia del contrato por escrito nos hace depender de la buena voluntad de la otra parte si se da alguna discrepancia. 

Un contrato verbal da pie a que haya diferentes interpretaciones y siempre será la palabra de uno contra la del otro. Por ejemplo, en el pago de la renta mensual, donde el propietario puede haber pensado subir el precio y haberlo comentado antes pero el arrendatario afirmar que no lo recuerda. Por eso es necesario dejar constancia de todos los pagos que se realizan para demostrar que no hay ninguna deuda y también para comprobar el tiempo que se lleva alquilando la plaza de garaje. 

A modo resumen, sí que es legal alquilar una plaza de garaje sin contrato tal y como nos indica el Código Civil. El arreglo entre ambas partes es fundamental, pero aún así siempre es mejor contar con un contrato por escrito donde quede reflejada toda la información toda la información relacionada con el alquiler. 

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